No, al tratarse de un procedimiento que se tramita de mutuo acuerdo, no es necesaria la celebración de causa, por ser las partes las que llegan a sus acuerdos en el convenio regulador, convenio que constará adjuntado en la resolución que dicte el Enjuiciador. Se utiliza para ayudar a https://interpol-red-notice69135.topbloghub.com/35852089/indicadores-sobre-abogado-que-debe-saber